Las patentes y los genes

November 5, 2009

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Todos conocemos de un modo u otro, dada la difusión que ha tenido la biología molecular en la cultura popular, que muchos canceres estan asociados a mutaciones en determinados genes. El gen BRCA1 es un gen humano en el cual algunas mutaciones están asociadas por correlaciones muy directas al incremento de riesgo del cancer de seno. Este gen pertenece a la familia de genes conocido como supresores de tumores. Este gen trabaja básicamente como garantía que no ocurran cambios genéticos dramáticos o mutaciones que afecten la integridad genómica. Podemos describir su función en terminos simples, este gen es responsable de la reparación de daños , o sea que funciona como un centinela, detectando errores en la sequencia genética de otros genes y corrigiendo estos. Es importante entender que el gen de por si, no tiene esa función, al fin y al cabo un gen es solo un “blueprint” o plano de una proteina. Debemos recordar que los genes solo son “recetas” para crear proteinas, solo las proteinas cumplen la función biológica. Si un gen sufre una mutación entonces la proteina no es producida del modo original y por ende no jugará el papel biológico asignado. Es la proteina que es sintetizada a partir del gene BRCA1,la cual es llamada proteina IPR011364 la que juega la función biológica de proteger nuestra integridad genómica. Esta proteina está asociada directamente en los procesos de reparación de ADN dañado, en otras palabras elimina mutaciones potencialmente peligrosas. Aparentemente la proteina de este gen juega su papel biológico en conjunción con otras proteinas pero esta aparenta jugar el papel rector en estos procesos de protección de la integridad del ADN. La clase de daño mas común donde esta gen juega un papel activo para correjir es la ruptura de la doble cadena de ADN debido a radiaciones o procesos de intercambio genético entre cromosomas durante procesos de meiosis. Cuando mutaciones ocurren en este gen, un  importante mecanismo de integridad genética ha sido interrumpido o comprometido en el mejor de los casos y como consecuencia las probabilidades de la aparición de Cancer aumentan exponencialmente. Solo queria introducirlos a este gen, a su función biológica y las consecuencias que se derivan cuando ciertas mutaciones ocurren en él, pero el proposito de este posting no es en torno a un gen, sino en torno a la noción y práctica legal que los genes pueden ser patentizados. Por definición legal, las patentes son otorgadas a inventores. La definición de patente claramente lo expresa, reproduzco a continuación esta definición:

La patente es un derecho negativo, otorgado por el Estado a un inventor o a su causahabiente (titular secundario). Este derecho permite al titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnología patentada, y por lo tanto el titular de la patente es el único que puede hacer uso de la tecnología que reivindica en la patente. La patentes no son de duración indefinida si no que caducan después de un período determinado que normalmente es de veinte años. Después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de la tecnología de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de ésta. Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas. Serán patentables las invenciones que sean nuevas (novedad), resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial. También para aplicaciones personales.Luego una patente garantiza un monopolio de explotación de la idea o de una maquinaria durante un cierto tiempo.

Por cientos de años, los elementos de la vida han sido excluidos del dominio de las leyes de patentes; los ingredientes de la vida eran considerados como algo natural y no producto del ingenio humano. El estatus no patentable de los elementos de la vida cambió en 1980 con el caso Diamond vs. Chakrabarty dirimido frente a la Corte Suprema de los EE.UU. Esta suprema instancia decidió, por decisión dividida 5 a 4, que una variedad de bacteria que había sido modificada geneticamente por la inserción de nuevos genes era patentable, dado a que no ocurría naturalmente. Los genes insertados al genoma bacterial le conferian a las bacterias la capacidad de descomponer hidrocarburos y la compañia que desarrolló este microrganismo se propuso utilizarlos en escenarios donde hubiera derrames de petróleo. Personalmente creo que el fallo de la corte fue el más correcto y apropiado, tomando en cuenta que esta bacteria realmente hace algo nuevo como producto de la ingenuidad y esfuerzo humano. Desgraciadamente esta justa desición de la corte, abrió las puertas a una avalancha de peticiones de patentes sobre genes. Cientos de patentes sobre genes han sido otorgadas y esto cae en el rango de lo alucinante e irracional para mi. Hasta donde mi entendimiento llega, por el  momento nadie ha podido inventar un gen humano, a lo sumo estamos descubriendo genes, sus funciones biológicas, sus mutaciones y relación que estas tienen con enfermedades. No creo que descubrir un gen deba implicar para nada que un individuo u organización lo posea legalmente. Repito, legalmente las patentes solo pueden ser otorgadas a invenciones. Lamentablemente, tanto en USA como en Europa las autoridades de patentes tienden a tratar un gene como una sustancia química creada por humanos. Esto abre las puertas, a que un hombre u organización literalmente posea todos los derechos exclusivos sobre un gen, algo que por cierto no crearon, a lo sumo descubrieron o identificaron. Los expertos legales en USA han expresado muy claramente que los genes son  productos de la naturaleza, no productos del ingenio humano y por ende no deben ser patentables, pero aún asi la tendencia nefasta de patentar los genes continua. Es curioso, donde es más facil patentar un gen es en Europa, BRCA1 fue patentada por Myriad Genetics, una compañia norteamericana en Europa por primera vez y luego en nuestro pais. Entiendo que una medicina, prueba genética o producto que se derive del estudio de un gen sea patentable, porque legalmente una medicina es un invento y moralmente es justificable debido al esfuerzo y recursos investidos por la compañia en investigación y desarrollo de estos productos. En ultima instancia creo que es eticamente justificable patentar una medicina producto del estudio de un gen,  pero no un gen.  El microscopio electrónico, en principio es o fué  patentable porque es una invención humana, aunque basado en el uso de electrones, un electron no puede ser patentable porque nadie inventó el electrón. Un mueble novedoso podría en potencia ser patentable no así el árbol de donde proviene la madera con la que se construyó el mueble. Creo que la misma logica legal debe aplicar con los genes, es solo sentido común, no se necesita mucha jurisprudencia ni mucho entendimiento. Si desea conocer los métodos por los cuales usted podría patentar un gen, me puede contactar, conozco de unas cuantas instancias extraordinarias, se asombrará de la “ingenuidad y el candor” de las oficinas de patentes.